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Martes, 21 Enero 2020 - 5:30am

Concesiones de parques se pueden declarar nulas

Expertos consultados por La Opinión concuerdan en que el alcalde Yáñez puede terminar esos contratos dejados por Gandolfo.

Juan Pablo Cohen
La concesión del parque Cúcuta 300 años, cedida a un particular por 10 años, presenta, según expertos en derecho, vicios de nulidad, porque de la misma hace parte un bien fiscal que la ley prohíbe que se arriende, venda o concesione.
/ Foto: Juan Pablo Cohen
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El alcalde de Cúcuta, Jairo Yáñez, tiene  facultades para dar por terminados, de manera unilateral, los 26 contratos de concesión de parques y canchas que adjudicó el anterior secretario de Planeación, Jorge Omar Gandolfo.

Así lo expresaron expertos en derecho consultados por La Opinión, al señalar que, en su mayoría, esos contratos tienen un común denominador: fueron adjudicados en un plazo cerrado, entre el 28 y 30 de diciembre, solo dos días, pasando por alto la ley, dijo el abogado Martín Santos.

Esta adjudicación arbitraria –explica Santos- materializa un vicio que se llama desvío de poder, porque saltan procedimientos de ley como son la selección objetiva y estudios previos, lo que aumenta los vicios de nulidad de esos contratos.

Lea además Alcaldía de César Rojas privatizó el espacio público de 26 parques

La misma Ley 80 de 1993, en su artículo 44, numerales 2 y 3, es contundente al señalar que cuando la administración observa estos vicios tiene la facultad y potestad, de manera unilateral, de dar por terminados los contratos, precisó Santos.

Para el experto, la misma Ley 80 es clara en señalar la ruta cuando se trata de concesionar el espacio público. Dijo que en todos los contratos adjudicados a dedo por Gandolfo se debió abrir un proceso de selección y convocatoria para contratarlos por la vía de la licitación.

Pero además de lo planteado por Santos, también se conocieron errores garrafales en los que habría incurrido Gandolfo en las concesiones del espacio público, en el caso particular, del parque Cúcuta 300 años y del área de cesión tipo 1 pública ubicada en la Diagonal Santander, en límites con Almacenes Éxito, en el sector de San Mateo.

En el primer caso, Santos precisó que la mitad del área  corresponde a espacio público y la otra es un bien fiscal que la ley impide que sea vendido, arrendado o concesionado, como a la postre lo hizo Gandolfo al cederlo a la firma Gemynis SAS, cuya representante legal es  Blanca Mireya Alvarado Villamizar.

El nombre de Alvarado aparece relacionado a la Sociedad Comercial Congress SAS, firma a la que Gandolfo también adjudicó la concesión de las aceras y andenes de Cúcuta por espacio de diez años.

En el otro caso, que corresponde al área de cesión tipo I, en San Mateo,  Gandolfo, según Santos, violó la ley al concesionar un espacio público que aún no es del municipio, dado que almacenes Éxito no ha hecho entrega oficial del terreno; es decir, este sigue estando bajo su propiedad, razón por la cual está en curso una querella en la que la compañía comercial fija su posición en tal sentido. 

(Esta es la cuestionada área de cesión concesionada, ubicada a un costado de almacenes Éxito. Según las denuncias, el terreno aún no hace parte del inventario de bienes públicos del municipio.)

Prueba de lo anterior es que esta área ni si quiera hace parte del banco de inventario de bienes públicos del municipio, lo que agrava aún más el proceder de Gandolfo, según Santos.

Este terreno le fue concesionado al club deportivo de kartismo  Fast & Furious, del cual Luis Carlos Hernández es su representante legal.

La Opinión conoció que a Hernández también le fue entregado en concesión, a diez años, el parque Metropolitano de Cúcuta, en límites con el centro comercial Jardín Plaza.

Allí, la exgerente de la EIS Cúcuta, Gladys Yolanda Durán Bautista, figura como representante legal de CarloServis SAS, la firma concesionaria.

‘Que las devuelvan’

Carlos Barragán, otro profesional del derecho, cuestionó el hecho de que todos los contratos de concesión se hayan adjudicado a dedo y no mediante procesos licitatorios, como lo ordena la ley para los fines y objetos que fueron celebrados. “Esto solo ocurre en Cúcuta”, dijo.

Explicó que una cosa es de que se tenga la administración temporal de bienes de uso público, por ejemplo que se necesite un parque para llevar a cabo una feria escolar, y otra cosa es a mediano y largo plazo el contrato, porque en el caso particular de las concesiones fueron a  5, 10 y 15 años, sobre los cuales hay unos rendimientos de carácter económico que necesariamente demandaban un proceso de licitación.

El alcalde Cúcuta, no obstante, invitó a los 26 concesionarios con los cuales Gandolfo suscribió las concesiones, a que desistan de ellas, dado que los parques son de las comunidades.

Investigación en marcha

Las presuntas irregularidades que se cometieron en la adjudicación de 26 concesiones de parques y canchas por parte del anterior secretario de Planeación, Jorge Omar Gandolfo, fueron tenidas en cuenta por la Procuraduría Provincial para, de oficio, dar apertura a un proceso de investigación.

El ministerio público empezará la recolección de datos, entre ellos la información contenida en el informe publicado por La Opinión en su edición dominical, al igual que la que solicitará a la administración municipal y a los beneficiarios de las cuestionadas concesiones.

Llama la atención que Gandolfo también está vinculado a las investigaciones que se abrieron en la misma procuraduría, también por presuntas irregularidades en la terminación unilateral del contrato de concesión de la escombrera municipal, en diciembre pasado.

Lo que se ignoró

Estos requisitos, que son de ley para la concesión de los espacios públicos, no fueron tenidos en cuenta por Gandolfo:

-La licitación pública (Ley 80 de 1993).

-Estudios previos técnicos y de prefactibilidad. 

-Elaboración de pre- términos de referencia para presentar ofertas.

-Documento preliminar en el que se señalen los datos básicos de la contratación (espacio a concesionar, remuneración al municipio por concepto de la concesión, obligaciones del concesionario, etc.)

-Criterios de evaluación (aspectos a tener en cuenta en la evaluación y puntuación de cada uno de ellos) que se emplearán para la selección.

La Opinión

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