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Viernes, 12 Julio 2019 - 3:33pm

Víctimas de ataques con ácido tendrán prioridad en sistema de salud

El Ministerio de Salud debe garantizar el acceso a los insumos y procedimientos que se necesite. 

Colprensa
La Ley ordena a las EPS o a la entidad que ejerza sus funciones garantizar al afiliado, en menos de 24 horas, todo lo que solicite el médico para la atención del paciente, incluidos insumos, tratamientos alternos y los procedimientos.
/ Foto: Colprensa
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Las víctimas de ataques con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel tendrán prioridad en la atención en salud, beneficios en la formación y en el acceso a fuentes de empleo tanto en el sector público como privado.

La norma de 13 artículos que les entrega estos privilegios y las reconoce como víctimas de enfermedades catastróficas fue sancionada por el presidente Iván Duque.

Además, se crean medidas de protección en salud y especifica que los “servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarias para restituir la fisionomía y funcionalidad de las zonas afectadas, no tendrán costo alguno y serán a cargo del Estado”.

Aclaran que las víctimas tienen acceso a estos beneficios “sin importar que la lesión sea de carácter permanente o temporal”.

Menos de 24 horas

La norma hace énfasis que las víctimas de este tipo de delitos deben primero agotar otras instancias como las pólizas de salud, medicina prepagada o el Sistema General de Seguridad Social en Salud, sin que ello implique ningún gasto ni erogación económica a su cargo o de sus familiares y que el Ministerio de Salud debe garantizar el acceso a los insumos, procedimientos y tecnologías que el médico tratante o el especialista necesite para atender a este tipo de pacientes.

La Ley ordena a las EPS o a la entidad que ejerza sus funciones garantizar al afiliado, en menos de 24 horas, todo lo que solicite el médico para la atención del paciente, incluidos insumos, tratamientos alternos y los procedimientos.

“Por ningún motivo la EPS a la entidad que ejerza sus funciones podrá suspender el tratamiento, negar procedimientos o retrasarlos”, dice un aparte de la Ley.

El Ministerio está encargado de verificar que las prestadores de salud garanticen dicha continuidad.

Cabe resaltar que la norma contempla que el Gobierno Nacional se encargará de garantizar la capacitación al personal estatal que tenga contacto con las víctimas de ataques con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel, incluidos miembros de la Policía Nacional y del Instituto de Medicina Legal.

Añade que “el Ministerio de Salud se encargará de que los profesionales médicos de rotación de urgencias tengan capacitación permanente en las principales unidades de quemados del país, y conozcan el tratamiento inmediato de una persona atacada con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel”.

Colprensa

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