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Lunes, 4 Enero 2021 - 7:02am

Viajeros que lleguen a Colombia deberán presentar prueba PCR negativa: Minsalud

Según la resolución, esta medida aplica para todas las personas que lleguen al país procedentes del exterior sean connacionales o no.

Colprensa
La decisión se anunció a través de la expedición de la resolución 2532 del 31 de diciembre 2020.
/ Foto: Colprensa
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Los viajeros que lleguen a Colombia deberán presentar prueba PCR negativa, así lo estableció el Ministerio de Salud a través de la resolución 2532, expedida el 31 de diciembre de 2020.

La modificación fue adoptada por el fallo emitido por el juzgado 11 administrativo del circuito de Bogotá a finales de noviembre, que establece que la prueba deberá presentarse antes de embarcar y se deberá exigir como un requisito de ingreso para todas aquellas personas que ingresan por vía aérea.

En el documento de Minsalud se ordena que la prueba debe estar expedida en un término no mayor de 96 horas antes del embarque.

Según la resolución, esta medida aplica para todas las personas, sin importar su edad, que lleguen al país procedentes del exterior sean connacionales o no.

Además, no se permitirá abordar al pasajero que presente fiebre o síntomas respiratorios asociados al COVID-19 y de aquellos que no hayan diligenciado previamente la aplicación Check-Mig.

"Sólo se podrá permitir el embarque de viajeros que no cuenten con la prueba PCR cuando manifiesten que tuvieron dificultades para tomársela o para obtener el resultado en el término estipulado para el vuelo”, señala el escrito.

Lea también: Minsalud les llama la atención a cuatro capitales

De acuerdo con la máxima autoridad en salud, en estos casos se deberá informar al viajero que una vez ingrese al país deberá realizarse la prueba PCR y guardar aislamiento preventivo durante 14 días.

"El aislamiento podrá terminar antes si el resultado de la prueba PCR es negativo. También podrá extenderse por criterio epidemiológico”, apunta el documento.

En cuanto a los costos de la prueba PCR y los costos del aislamiento preventivo, aseguran que estarán a cargo del viajero.

“La Secretaría de Salud del lugar de desembarque y/o destino estará encargada de verificar que el viajero guarde el aislamiento preventivo”, dice esa cartera.

Es preciso mencionar que esta resolución modifica el anexo técnico de la Resolución 1627 de 2020 y deroga la resolución 1972 de 2020.

 

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