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Domingo, 10 Junio 2018 - 1:53am

Sentencia cobija 6.069 víctimas y condena a 28 exparamilitares

El fallo del Tribunal determinó que las  víctimas deberán ser reparadas económica y simbólicamente por los daños.

Archivo La Opinión
El tribunal constató los siguientes patrones de criminalidad: homicidios, desaparición forzada, desplazamiento, reclutamiento ilícito y violencia de género.
/ Foto: Archivo La Opinión
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El Tribunal Superior de Medellín, a través de la Sala de Justicia y Paz, condenó a 28 exmiembros del Bloque Elmer Cárdenas, por los actos delictivos cometidos entre los años 1997 y 2006, en los departamentos de Antioquia, Chocó, Boyacá, Córdoba, Cundinamarca y Santander. 

El tribunal al analizar y constatar las declaraciones y confesiones de los desmovilizados de la estructura armada, consideró que las cinco conductas que fueron identificadas en su momento por la Fiscalía General eran válidas para argumentar su decisión. 

En lo expuesto por el ente acusador se constató que el homicidio, la desaparición forzada, el desplazamiento, el reclutamiento ilícito y la violencia de género se convirtieron en patrones de criminalidad sistemáticos, generalizados y repetidos, con los que buscaban ganar violentamente el territorio. 

Entre las acciones violentas que indicó el ente acusador realizaron los desmovilizados, se encuentran 17 actos basados en la violencia de género, en los que mujeres de Riosucio, Acandí, Juradó, Bojayá (Chocó); y Dabeiba y Necoclí (Antioquia), fueron sometidas a tratos sexuales inhumanos, además de la intimidación psicológica que terminó por desintegrar familias y generó desplazamientos forzados. 

Otros de los actos criminales perpetrados por la estructura criminal son: la masacre La Horqueta, ocurrida el 21 de noviembre de 1997, en la que fueron asesinadas 17 personas. La masacre de Bojayá, registrada a finales de abril y mayo de 2002, que iniciaron con enfrentamientos entre el Bloque Élmer Cárdenas de las entonces autodefensas y las Farc. La operación génesis o cacarica que consistió en una incursión armada en la región norte de Chocó en 1997. 

El fallo determinó que, al menos, 6.069 víctimas por estos hechos, deberán ser reparadas económica y simbólicamente por los daños físicos y morales. Del mismo modo, declaró extinción de dominio sobre: 25 acciones de la Comercializadora Ganadera del Darién y Norte de Urabá; una casa en el barrio Escolar, en Riosucio (Chocó); El Hotel Diplomático, en Riosucio; y el hotel y restaurante Casa Real, en Riosucio. 

Indicó el fallo que la pena alternativa que establece la Ley de Justicia y Paz para los desmovilizados que aportaron información real y aceptaron la responsabilidad en el total de los casos conocidos. 

Ordenó que los 28 sentenciados deberán cumplir con actos públicos de reconocimiento de culpa, en los que solicitarán perdón a las víctimas y se comprometerán a no incurrir de nuevo en este tipo de hechos.

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