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Lunes, 21 Diciembre 2015 - 12:20pm

Revocan beneficio de libertad a alias 'Monoleche'

La decisión fue tomada por la Corte Suprema de Justicia porque el exjefe paramilitar no ha cumplido todos los requisitos.

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Alias Monoleche.
/ Foto: Archivo
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó el beneficio de la libertad a prueba que había sido concedido al exjefe paramilitar Jesús Ignacio Roldán Pérez, alias 'Monoleche', quien fuera integrante del Bloque Calima de las Autodefensas.

La decisión tomada el pasado 16 de diciembre y conocida hasta este lunes se da al revisar en segunda instancia la condena emita en su contra por el Tribunal Superior de Medellín en el marco del proceso de Justicia y Paz.

Dicho fallo de diciembre de 2014, lo había condenado a 95 meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio en persona protegida, desaparición forzada y hurto calificado agravado. Su libertad estaba en proceso de materialización.

La Corte Suprema de Justicia en su determinación reiteró la no exclusión de 'Monoleche' y no acogió los argumentos de la Fiscalía que indicaban que se le debía revocar la pena alternativa y excluirlo de Justicia y Paz por supuestamente haber faltado a la verdad en la denuncia de bienes que garantizarían la reparación a las víctimas.

La Sala indicó que aunque en efecto 'Monoleche' ya había cumplido con los ocho años de prisión, el Tribunal no tuvo en cuenta que para poder darse la libertad se deben cumplir con otros requisitos como la reparación a las víctimas.

La Corte señaló que ya con anterioridad se había ratificado la permanencia de 'Monoleche' en el proceso y resaltó que el postulado colaboró en la exhumación de cadáveres y la consignación de 280 millones de pesos, de 300, que se había comprometido a entregar.

No obstante, la Corte señaló que los hechos cometidos por 'Monoleche', por tratarse en su mayoría de homicidios en persona protegida y desapariciones forzadas de civiles son de su suma gravedad y que la colaboración que ha brindado no se compara con “la atrocidad y cantidad de los hechos ejecutados, en donde los cadáveres eran arrojados al río o enterrados en fosas comunes, circunstancias indicativas del total desprecio por parte del postulado hacia el ser humano y el derecho a la vida de sus semejantes. A ello se suma que tan deplorables conductas estuvieron motivadas por el mero señalamiento que hacían otras personas acerca de que las víctimas eran auxiliadoras de la guerrilla”.

Por eso, aumentó en un mes la pena impuesta a 'Monolehce' para que quedara en ocho años cerrados, que es el máximo que permite el proceso de Justicia y Paz.

La sentencia de la Corte, por otro lado, mantuvo la orden del Tribunal que dispone que 'Monoleche' debe presentar una propuesta para crear una asociación que tenga por objeto ayudar a las madres víctimas para que tengan acceso a la educación al estimar que no es cierto, como decía la Fiscalía que esto llevara a la revictimización.

Revocan condena al estado

No obstante, la Corte sí revocó una parte resolutiva de la sentencia del Tribunal que declaraba responsable al Estado colombiano por omisión en hechos perpetrados por las Autodefensas al mando de 'Monleche', pues el proceso transicional no fue concebido para esto y porque no se le dio la oportunidad a sus agentes de ser vencidos en juicio.

“Si bien es cierto que a través del análisis de contexto pueden encontrarse elementos de juicio indicativos de la responsabilidad del Estado en la materalización de los horrores del fenómeno paramilitar, ello no es suficiente para impartir condena en su contra, por cuanto el proceso transicional no ha sido establecido para ello y, esencialmente, por cuando el Estado no es sujeto procesal”.

Igualmente, por exceder sus competencias, la Corte revocó la orden al Fiscal para investigar a los militares que pudieran haber colaborado con grupos paramilitares así como entregar informes públicos de los avances de esas investigaciones, en un proceso que debía modificar los criterios de investigación de graves violaciones a los derechos humanos y ser vigilado por la Procuraduría.

Revocan declaratoria de lesa humanidad en algunos casos

La Corte Suprema de Justicia igualmente revocó la declaratoria de lesa humanidad que se había hecho de los homicidio de Alfonso Cuavajante y otros miembros de la Unión Patriótica puesto que no fueron objeto de la investigación ni confesados por 'Monoleche'.

Al hacer un llamado de atención al Tribunal, la Corte señaló que no entiende por qué se hizo dicha declaración sobre Cuavajante, Carlos Antonio Felis, Boris Felipe Zapata, Edinso de Jesús Pacheco Flórez, Francisco de Paula Dumar, Julio Arturo Jaramillo, Gustavo Alberto Guerra, Rafael Duque Perea, Orlando Manuel Colón y Félix Enrique Toscano si no fueron objeto de este proceso y no le fueron imputados ni confesados por el exjefeparamilitar.

En ese sentido, la Corte revocó esa declaratoria así como una frase del fallo del Tribunal que señalaba que “el homicidio de los demás miembros de la Unión Patriótica constituyen delitos de lesa humanidad”, al estimar que dicha generalidad no se puede dar, sin estudiar cada caso en concreto.

Bogotá | Colprensa

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