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Lunes, 10 Junio 2019 - 3:36pm

Procurador pide aclarar fallo sobre consumo de drogas en parques

Fernando Carrillo dice estar “convencido” de que hay “malos entendidos”, porque no se conoce la sentencia completa.

Colprensa
Con esta petición, el jefe del Ministerio Público pretende demostrar que los derechos de los menores de edad prevalecen por encima de otros.
/ Foto: Colprensa
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El procurador Fernando Carrillo Flórez solicitará a la Corte Constitucional que se aclare el alcance que tiene la decisión proferida la semana pasada sobre el consumo de dosis mínima y alcohol en espacios públicos. 

“Solicitaremos formalmente una aclaración para que el pueblo colombiano tenga claridad respecto del fallo. Estoy convencido que como no conocemos el fallo completo se han registrado malos entendidos. Lo que sí solicitaré es ratificar prevalencia del artículo 44 de la Constitución que dice que derechos de los niños tienen mayor importancia”, aseguró Carrillo Flórez. 

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Con esta petición, el jefe del Ministerio Público pretende demostrar que los derechos de los menores de edad prevalecen por encima de otros, por lo que le solicitó a la magistrada Diana Fajardo ponente de la determinación tomada el pasado jueves que aclare lo que relaciona la providencia dado que aún no se conoce el fallo. 

La solicitud la hizo Carillo Flórez luego de que el alto tribunal dejó claro que los colombianos pueden consumir bebidas alcohólicas y sustancias sicoactivas en el espacio público argumentando el derecho al libre desarrollo. 

La hipótesis de la Corte se basa fundamental en que el consumo de dichas sustancias no está ligado a la alteración de orden público y en caso de que por algún motivo llegara a registrarse una acción indebida las autoridades tienen el deber y la obligación de intervenir porque así lo rige la ley. 

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Fajardo, en la intervención del pasado jueves expuso un ejemplo con el que a su juicio esperaba dar entendimiento a lo que falló el alto tribunal. “Entonces, por ejemplo, si una familia está teniendo un almuerzo campestre en un parque donde de pronto se toman una copa de vino o una cerveza, estaría ese comportamiento incurso en la medida y ese comportamiento no tiene la potencialidad de dañar el espacio público, ni siquiera de afectar las relaciones”. 

A juicio de la magistrada, si alguna persona que consume una o dos cervezas y agrede a otra persona la policía puede intervenir, pero no por el hecho de que haya consumido sino porque está agrediendo a otro. “Lo que se está protegiendo aquí realmente es que hay alteraciones de la convivencia, pero lo que la Corte encuentra es que no necesariamente el consumo va a generar esa alteración”.

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