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Martes, 23 Enero 2018 - 7:02am

Primera condena por homicidio por desplome del edificio Space

El representante legal de la constructora y dos ingenieros recibieron más de cuatro años de cárcel.

Archivo
Los trabajadores de la constructora son acusados del homicidio culposo del estudiante universitario Juan Esteban Cantor, quien murió con otras 11 personas el 12 de octubre del año 2013.
/ Foto: Archivo
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El juez primero penal del Circuito de Medellín con función de conocimiento condenó a más de cuatro años a Pablo Villegas Mesa, representante legal de la firma Constructora Lérida CDO SA; Jorge de Jesús Aristizábal Ochoa, ingeniero estructuralista del proyecto edificio Space, encargado de coordinar el diseño de la construcción; y a María Cecilia Posada Grisales, ingeniera directora de obras

Esto en el marco de las investigaciones que adelantó la Fiscalía General de la Nación por el homicidio culposo del estudiante universitario Juan Esteban Cantor, quien falleció junto con otras 11 personas el 12 de octubre del año 2013, tras el desplome de la torre 6 del Edificio Space en el barrio El Poblado de la capital antioqueña. 

Una vez escuchados los argumentos de la Fiscalía, la juez determinó dictar detención domiciliaria por cuatro años y tres meses a Pablo Villegas Mesa, quien también deberá cancelar 73 salarios mínimos legales vigentes por los hechos. 

Igualmente, condenó a Jorge de Jesús Aristizábal Ochoa a cuatro años y un mes de prisión domiciliaria y deberá cancelar el valor correspondiente a los 50 salarios mínimos legales vigentes. 

Por último condenó a cuatro años de detención a María Cecilia Posada Grisales, quien deberá pagar 45 salarios mínimos legales vigentes. 

Los condenados, que ya cuentan con el beneficio de casa por cárcel, deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley. 

“Se les concederá la prisión domiciliaria como sustitutiva de la intramural de manera que se comprometerán para este efecto a cumplir con las obligaciones escritas en el Código Penal, las cuales deben garantizar con el pago de un caución prendaria por valor de 10 salarios mínimos legales vigentes en el caso de María Cecilia Posada Grisales y 15 salarios mínimos legales vigentes en el caso de Jesús Aristizabal Ochoa y Pablo Mesa, teniendo en cuenta que se reúnen las normas exigidas para la procedencia de este sustituto ya que no tienen antecedentes penales”, dijo la juez. 

Sumado a esto, aseguró que deberán comprometerse a “no cambiar de residencia sin previo aviso a la autorizada, reparar los daños ocasionados a menos que demuestren que están imposibilitados económicamente de hacerlo, y comparecer ante los entes judiciales cuando sean requeridos”. 

Dicha determinación la tomó la juez una vez conoció las pruebas presentadas por la Fiscalía en medio del juicio, donde demostraron que “hubo violación al deber objetivo de cuidado por parte de diseñadores y constructores de la obra siniestrada”. 

De acuerdo con el informe técnico presentado por la Fiscalía, “hubo más de 6000 errores en la construcción del edificio Space, incluso desde las etapas de diseño y cálculo. También hubo graves fallas en la utilización y mezcla de los materiales utilizados”. 

La juez indicó que “hubo faltas al deber objetivo de cuidado por parte de los procesados en temas tan importantes como el diseño y los cálculos estructurales, la escogencia de los materiales de construcción y las normas de seguridad del edificio desplomado”. 

La Fiscalía determinó que “la obra fue diseñada sin el respeto por las normas de sismorresistencia expedidas en los años 1998 y 2002”, lo que los llevó a concluir que en caso de haberse registrado un sismo la edificación no habría aguantado dicho fenómeno. Así mismo, se estableció que hubo un “cálculo erróneo” en materia de soporte del peso. Se planearon 22 pisos y fueron construidos 26. 

Según se conoció, los familiares de las otras once víctimas fatales fueron indemnizadas de manera integral por la firma constructora, por lo que el ente acusador concluyó la investigación por esos homicidios. 

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