El proyecto de reforma busca mecanismos para agilizar la implementación de los acuerdos de paz.
Ponencia de debate del acto legislativo para la paz ya fue radicada
Con modificaciones que incluyen garantizar la refrendación del acuerdo final de paz, entre otros aspectos, fue radicada en la Comisión Primera del Senado, la ponencia de debate del acto legislativo para la paz.
Este proyecto de reforma busca mecanismos para agilizar la implementación de los acuerdos de paz, tales como las facultades al Presidente y una comisión legislativa especial. Ambos sólo podrían funcionar una vez haya sido efectuada la refrendación.
Dentro de los cambios que se incluyeron en el texto, se limitarán aún más las facultades especiales que tendría el Presidente, de manera que sean exclusivamente para los acuerdos firmados en la paz definitiva y no leyes orgánicas o que puedan entenderse como habilitantes.
Con esto, el presidente Juan Manuel Santos podría emitir los decreto con fuerza de ley, “exclusivamente necesarios para facilitar y asegurar la implementación y desarrollo del acuerdo final”.
De otro lado, se garantizará que al momento de elegir los 12 miembros de la comisión legislativa especial se respete la cuota de género, con el ánimo de garantizar la equidad y el enfoque diferencial del conflicto y el postconflicto.
En otro punto, los ponentes buscarán, por lo menos, asegurar a 20 años el presupuesto para financiar la ejecución de los acuerdos de paz que se firmen en Cuba.
Finalmente, pretenden asegurar que haya votaciones separadas en Cámara y Senado para darle bicameralidad a lo que se conoce como ‘fast-track’, una agilización de términos para implementar en una sola vuelta, lo que posiblemente se acuerde en La Habana.
El próximo martes se espera que inicie el debate en el congreso, donde a pesar de contar con un amplio consenso, ya llegan voces en contra que consideran excesiva la propuesta contenida en estos dos únicos artículos.
Al respecto, el texto señala que tanto las facultades como el procedimiento de la comisión legislativa especial, están limitados en el tiempo, y se crean para estar preparados para la etapa del postconflicto.
“Esto garantiza que los mecanismos jurídicos desarrollados por este Acto Legislativo no sean utilizados como regla general, y por lo tanto no representen una desfiguración del ordenamiento jurídico, ni una sustitución constitucional”, aseguraron los ponentes.
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