Tras el estudio del caso de un ciudadano que se encontraba recluido desde hace más de diez años.
Pérdida de expediente judicial no puede vulnerar derecho a libertad: Corte
Se vulneran derechos fundamentales cuando se prolonga la privación de la libertad de una persona por extravío de expediente judicial, la conclusión es de la Corte Constitucional tras el estudio del caso de un ciudadano que se encontraba recluido desde hace más de diez años.
La medida de aseguramiento fue impuesta por un juzgado de garantías que le otorgó el beneficio de detención domiciliaria. La administración de justicia le había negado adelantar cualquier trámite relacionado con su libertad, pues el expediente penal no aparecía en poder de ninguna autoridad judicial.
El hombre consideraba que debía quedar en libertad, porque tanto la acción como la sanción se encuentran prescritas. La Corte analizó el derecho a la libertad en la etapa de investigación del proceso penal y el acceso al expediente judicial como manifestación del derecho al debido proceso.
De ahí que el alto tribunal encontrara la vulneración de los derechos a la libertad y al debido proceso del peticionario, en tanto se permitió la prolongación de su privación de la libertad por más de diez años, luego de que la Fiscalía archivara el expediente sin antes haber solicitado la preclusión del mismo ante la autoridad judicial correspondiente.
Para la Sala, ni el juez del caso, ni las fiscalías que actuaron dentro del proceso penal, permitieron un acceso real y efectivo a la administración de justicia, ni ejercer en debida forma el derecho de defensa del hombre.
De acuerdo con el alto tribunal, el primero, al no conservar copia de la actuación realizada en calidad de juez de control de garantías y, las segundas, al no haber procedido a poner a disposición del accionante y de su apoderado la carpeta que consideraban extraviada, pero que, en su lugar, fue archivada.
Finalmente, se concedió el amparo invocado y se ordenó al juzgado cuestionado disponer, de manera inmediata, la libertad del hombre.
A la Dirección Seccional de Fiscalías del Atlántico y a las fiscalías involucradas, se les ordenó, igualmente, ubicar la carpeta penal mencionada y suministrar al procesado y a su abogado, la información relacionada con las actuaciones que se adelantaron luego de la imputación de cargos, con el fin de que este pueda ejercer en debida forma su defensa material y técnica.
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