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Sábado, 17 Diciembre 2016 - 2:34pm

Las dudas y riesgos del reciente fallo contra Mancuso según la Procuraduría

En el actual proceso se estaría avalando a narcotraficantes, que se hacen pasar por víctimas.

Colprensa
Salvatores Mancuso.
/ Foto: Colprensa
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El 25 de octubre la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia de 8 años de prisión al exjefeparamilitar Salvatore Mancuso, dentro del proceso de Justicia y Paz, y desde entonces una serie de dudas se han generado en la unidad de Víctimas y la Procuraduría por dos temas fundamentales: la verdad y la reparación.

La Procuraduría General radicó un recurso de aclaración ante la Corte en el cual manifestó que en el actual proceso de Justicia y Paz se estaría avalando a narcotraficantes que se hacen pasar como víctimas del conflicto armado.

El documento conocido por Colprensa, señala que en la sentencia contra Mancuso se legalizó el delito de desaparición forzada de Julio César Zúñiga Caballero, bajo el entendido de que fue victimizado el 27 de junio de 1998 por ser un presunto “auxiliador de la guerrilla”.

No obstante, la Procuraduría afirma que “Zúñiga Caballero no fue ningún “auxiliador de la guerrilla” sino que estaba involucrado en actividades de narcotráfico. De hecho, la misma Fiscalía ha adelantado diferentes acciones de extinción del derecho de dominio a varios de sus bienes”.

“Luego la conclusión a la que se llegó en relación con el señor Zúñiga Caballero, no sólo es una afrenta contra la verdad histórica, sino que da vía libre para que en un futuro, sus familiares puedan exigir la reparación del Estado, pues de delincuente común ha pasado a  ser una víctima directa del conflicto armado interno”, alertó el Ministerio Público.

De fondo, el cuestionamiento de la Procuraduría reside en la supuesta falta de una investigación integral por falta de la Fiscalía en este caso, la falta de verificación de las fuentes, la sobrevaloración de los testimonios de los victimarios y el excesivo estiramiento de la “responsabilidad por línea de mando” de los paramilitares.

De hecho, se alega que la Fiscalía construyó la investigación aceptada ahora por la Corte Suprema con base en los testimonios de los postulados, en detrimento del derecho de verdad de las víctimas y por eso alega que la Corporación debe aclarar si se cumplieron los requisitos de investigación integral “que satisfaga los derechos de las víctimas y la sociedad colombiana a conocer la verdad sobre las atrocidades cometidas por la macro-estructura criminal de Salvatore Mancuso Gómez”.

Según el Ministerio Público, actos como estos que fueron avalados por la Fiscalía, “estaban permitiendo que se tergiversara la verdad judicial e inclusive, presentaba el riesgo de encubrir delitos y situar a delincuentes comunes como víctimas”. Por eso pidió a la Corte, que aclarara si la Fiscalía  estaba obrando bien con su nueva estrategia de investigación bajo los parámetros de los patrones de macrocriminalidad.

La respuesta que emita la Corte a esta petición será trascendental puesto que la Fiscalía, tras conocerse la sentencia contra Mancuso, señaló que la misma da vía libre a la entidad para realizar imputaciones a gran escala contra los exintegrantes de las AUC, “garantizando de manera efectiva y oportuna, el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación”.

En un comunicado del pasado cuatro de diciembre, la Fiscalía celebró que la Corte ratificara el reconocimiento y existencia de los patrones de microcriminalidad: “Esto evidencia que la Fiscalía General de la Nación ha cumplido satisfactoriamente con la metodología en la aplicación de los criterios de priorización de casos, lo que permite que se profieran múltiples sentencias anticipadas y así aportar a la terminación o cierre efectivo del proceso de Justicia y Paz”, señaló la Fiscalía en ese momento.

Pero ahora la Procuraduría cuestiona el  patrón de desaparición forzada asegurando que  la Corte realmente no se pronunció sobre este, a pesar de haber sido apelado, y que aglutina 609 casos y 999 víctimas.

Los montos de la reparación

Por su parte, la Unidad de Víctimas le planteó a la Corte Suprema, su preocupación sobre la viabilidad fiscal del proceso de reparación ya que en la sentencia se ordenó pagar sumas de dinero que excedían los topes establecidos en la Ley de Víctimas, lo que podría afectar la sostenibilidad financiera del Estado.

Por esa razón, la Unidad de Víctimas le envió a la Corte Suprema un recurso de aclaración solicitando que los topes máximos de la ley de víctimas que son, por ejemplo, hasta 40 salarios mínimos por casos de homicidio por ejemplo.

En este caso ya la Corte se pronunció y le dio la razón a la Unidad y estableció que en caso que el Estado tenga que pagar las reparaciones, que inicialmente deben hacer los condenados, se debe hacer con lo pactado en la Ley de Víctimas, con lo cual está fijando un precedente.

Alicia Pepe

Periodista de la Revista La Ó y Deleitese.co.

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