Los bienes que se encuentran en su poder deben ser parte de un proceso de extinción de dominio.
JEP suspende entrega de información sobre bienes de las Farc

La Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia, Reconocimiento y Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), suspendió la entrega de información de bienes del desmovilizado grupo de las Farc, con los que buscan fomentar medidas cautelares para reparar a las víctimas del conflicto armado. Esta información fue solicitada el pasado 13 de julio por la Unidad de Investigación y Acusación, (UIA).
De acuerdo con el tribunal, "no sé ha recaudado toda la información necesaria y pertinente que permita identificar el inventario de bienes y activos de las Farc destinado a la reparación de las víctimas".
Este anuncio lo realizó el tribunal de justicia transicional luego de que el pasado 21 de agosto solicitó a la Fiscalía General de la Nación, la Sociedad de Activos Especiales (SAE), el Ministerio del Interior y la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otras entidades, rendir informes sobre los bienes del grupo actualmente desmovilizado.
En ese sentido, el tribunal fue notificado el 13 de septiembre por la Fiscalía General que tal solicitud no era acogida debido a que los bienes que se encuentran en su poder deben ser parte de un proceso de extinción de dominio.
"La Fiscalía debe poner de presente la imposibilidad de darles cumplimiento, toda vez que la información relacionada con procesos de extinción de dominio tiene carácter reservado", dijo el ente acusador.
Otra negativa fue recibida por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro debido a que, "dicha información hace parte integral de los archivos de la Fiscalía General de la Nación". Por lo que determinaron que dicha información debía ser entregada en su totalidad por el ente acusador.
En razón al Ministerio del Interior, el tribunal aseguró que este no dio respuesta alguna a la solicitud. Por lo que se determinó suspender la entrega de información, sin embargo, "una vez obtenida la información necesaria y pertinente (...) aunado a lo anterior, adoptará las medidas necesarias para proteger la información que tenga carácter reservado”.
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