El pronunciamiento se dio a la hora de estudiar una tutela que presentaron dos venezolanos.
Hijos de venezolanos deben tener todos los papeles para inscribirse a colegios
La Corte Constitucional determinó que no es irregular ni violatorio de los derechos fundamentales que se les sean exigidos todos los documentos legales a hijos de venezolanos en Colombia en situación irregular, para poder acceder al sistema educativo, esto es, una visa de estudiante.
“Solicitar a las hijas de los accionantes la regularización su situación migratoria no es un requisito irracional o desproporcionado para brindarles el servicio de educación, pues cumple con la política migratoria del Estado colombiano, exigida a todos los extranjeros que ingresan al país”, señaló la Corte.
En el pronunciamiento, la Sala señaló que si bien la educación es un derecho del que gozan niños y niñas, tiene una connotación de deber que impone obligaciones no solo al Estado, sino también a la familia y a la sociedad.
“Justamente, una de las cargas que deben asumir y cumplir los familiares es hacer entrega al plantel educativo de todos los documentos que la ley exige para legalizar la matrícula, dentro de los cuales se encuentran, en el caso de los menores extranjeros, la acreditación de la visa estudiantes vigente o la prueba que demuestre la adquisición de la nacionalidad colombiana”, agregó la Corte.
El pronunciamiento se dio a la hora de estudiar una tutela que presentaron dos ciudadanos venezolanos que se encuentran en el país buscando el reconocimiento como refugiados y que aseguraban que se les desconocía el derecho a la educación a su hija por exigirle visa de estudiante.
Franklin José Chinchilla Rodríguez y Carla Lorena Rivas Gotopo relataron a la Corte que desde el 2014 eran víctimas de extorsiones y amenazas de muerte y que para poder ingresar a Colombia y que una vez, estando en Mérida, hombres armados ingresaron a la fuerza a su casa, por lo que decidieron huir del país.
La Corte les indicó en el fallo que deberán realizar los trámites necesarios para regularizar su situación migratoria y hacer llegar al plantel educativo la documentación que así lo acredite, para de esta forma normalizar su condición ante el sistema educativo oficial.
Igualmente, la Corte indicó que el Ministerio de Relaciones Exteriores desconoció el debido proceso de uno de los integrantes de la pareja, al motivar de manera insuficiente su negativa a reconocer la visa de trabajo solicitada por él para regularizar su situación migratoria en Colombia.
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