La sentencia proferida en 2014 es por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Fiscalía pide a la Corte Suprema mantener condena contra exministro Arias
La Fiscalía General de la Nación solicitó confirmar integralmente la sentencia condenatoria contra el exministro Andrés Felipe Arias Leiva, como autor de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
En el trámite de la impugnación especial frente a la sentencia proferida en 2014, la Delegada ante la Corte Suprema de Justicia sostuvo que, contrario a los argumentos de la defensa del exfuncionario, siguen vigentes los fundamentos de hecho y de derecho formulados en su momento en la acusación de la entonces Fiscal General de la Nación.
El concepto lo envió el ente acusador al alto tribunal en el marco del estudio de la impugnación que adelanta la Corte, con base en la solicitud de estudiar la condena de 17 años emitida en contra del exministro por irregularidades en el programa Agroingreso Seguro (AIS) que se adelantó durante el mandato del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La impugnación
Vulneración al debido proceso y a la defensa, son los puntos claves que alegan los abogados del exministro en la impugnación de más de 460 páginas que la Corte Suprema de Justicia revisará y con la que buscan tumbar su condena.
En unos apartes de la impugnación, revelada por el abogado Jorge Aníbal Gómez, se evidencian más de cinco puntos en los que sustentan el motivo por el cual Arias fue sujeto de violaciones a sus derechos durante su proceso penal adelantado en 2014, y que actualmente lo mantiene recluido en una guarnición militar, luego de que llegó de territorio extranjero.
A Arias, en su momento, se le condenó por actuaciones irregulares mientras en el mandato de Uribe se adelantó el denominado Agro Ingreso Seguro (AIS), que consistía en entregar préstamos con bajas tasas de interés con destino al desarrollo agropecuario y a los agricultores colombianos.
“Pese a que la abrumadora prueba practicada en el juicio, descarta el dolo en el actuar de Arias Leiva, ese componente subjetivo de las conductas punibles se presume con base en ejercicios dialécticos contrarios a toda lógica, dando vigencia a una burda forma de responsabilidad objetiva”, dice el documento.
Llama la atención de Gómez, en otro aparte de la impugnación, que a Arias se le condenó por un convenio celebrado en el que evidentemente, a su juicio, no tenía nada de diferente a los demás que celebró en su momento la cartera de agricultura y demás ministros que pasaron por la entidad.
“La sentencia involucra una evidente discriminación en contra del exministro Arias, pues soporta una condena por hechos que sorprendentemente apenas ahora se reputan delictuosos, toda vez que desde 1993 y hasta el momento en el que llegó al Ministerio de Agricultura, Andrés Felipe Arias, en esa cartera se celebraron 132 convenios iguales a los que se le reprocharon a este, sin que a ningún otro de los ministros que los tramitaron o suscribieron se les hiciera el más mínimo reproche”, dice el documento.
En otro aparte del documento, el abogado trajo a colación que la Corte Suprema de Justicia condenó al exministro como coautor, aún, cuando la Fiscalía lo había investigado y acusado como autor de todas las conductas punibles.
Lo que cuestiona la defensa de Arias es que el alto tribunal no reveló “con quien o quienes se puso de acuerdo para dividir el trabajo de la comisión de los delitos, ni cuál fue el reparto de las funciones entre ellos”.
A juicio del abogado, el fallo emitido por el alto tribunal “se duele de evidentes vulneraciones al debido proceso más concretamente al derecho a la defensa, al desconocer el postulado de la congruencia entre la acusación y la sentencia".
Cabe mencionar que Gómez presentó la impugnación debido a que la Corte Constitucional meses atrás consideró que existió vulneración en el derecho de debido proceso en el expediente de Arias.
El exfuncionario del gobierno de Uribe reprochó que no tuvo derecho a que se le revisará su condena, esto teniendo en cuenta que cuando se le sentenció, la segunda instancia para los aforados no estaba vigente.
Ahora tras el fallo de la Corte Constitucional, será una subsala de la Corte Suprema de Justicia quien conozca la impugnación de Arias. Es necesario resaltar que los magistrados que conozcan del caso no son los mismos que participaron en una primera ocasión en la condena de primera y única instancia.
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