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Miércoles, 23 Septiembre 2020 - 8:05am

Corte Suprema prohíbe al Esmad usar escopeta en manifestaciones

La Sala de Casación Civil de la Corte dijo que las disculpas del Mindefensa  deben difundirse por radio y televisión.

Colprensa
Esto ocurre luego de las protestas del 9 y 10 de septiembre en Bogotá murieron 14 personas en medio de graves abusos de autoridad por parte de la Policía.
/ Foto: Colprensa
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La Corte Suprema de Justicia, al evaluar una tutela, protegió el derecho a la protesta en Colombia, le ordenó al Esmad retirar la escopeta empleada para controlar manifestaciones y al ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, pedir disculpas públicas por el exceso de fuerza registrado en las movilizaciones de los últimos días.

“Ordenar a los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad) y a cualquier institución que efectué ‘actividades de policía’ que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, suspenda el uso de las “escopetas calibre 12”, hasta previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento”, dice la providencia.

La Sala de Casación Civil de la Corte dijo  que las disculpas del Mindefensa  deben difundirse por radio, televisión y redes sociales.

Para el alto tribunal, “al momento de hacer el despliegue de la autoridad, los agentes estatales, en la medida de lo posible, deben implementar un procedimiento verificable que evalúe la situación y un plan de acción previo a su intervención. De tal forma, los operativos policiales deben estar dirigidos a la contención o restablecimiento del orden, y no a la privación de la vida o agresiones injustificadas”.

La Sala advirtió que en caso que resulte obligatorio el uso de la fuerza, la misma debe ir en armonía con los principios de la finalidad legítima, absoluta necesidad y proporcionalidad, evaluando la gravedad de la situación.

Para ello -añadió- se debe considerar, entre otras circunstancias: la intensidad y peligrosidad de la amenaza; la forma de proceder del individuo; las condiciones del entorno, y los medios de los que disponga el funcionario para abordar una situación específica.

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La sentendencia ordenó convocar y conformar una mesa de trabajo para reestructurar las directrices relacionados con el uso de la fuerza frente a manifestaciones pacíficas, en la que se escuchen y atiendan los planteamientos ciudadanos.

Reclamó la formación y capacitación en ética y derechos humanos de los agentes y un análisis sobre la profesionalización de los agentes destinados a la contención y alteración del orden público por causa de marchas y manifestaciones, incluyendo una veeduría permanente de la ciudadanía y los órganos de control.

Esto ocurre luego de las protestas del 9 y 10 de septiembre en Bogotá murieron 14 personas en medio de graves abusos de autoridad por parte de la Policía.

MinDefensa analizará fallo

El ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, una vez conoció el fallo de la Corte Suprema de Justicia, en la que ordena nuevos lineamientos para que se adelante la protesta pacífica y la suspensión del uso de la escopeta calibre 12, por parte miembros del Esmad, aseguró que estudiará la providencia.

“Vamos a conocer las más de 170 páginas con el fin de tener, a raíz de ese estudio, una posición sobre el particular, que será dado a conocer a la opinión pública”, señaló el funcionario, a quien la Corte le ordenó, a través de ese fallo, que pida disculpas públicas por las manifestaciones de abuso policial que han tenido los miembros del sector defensa.

Cabe mencionar que entre las decisiones también le ordenó al alto gobierno expedir un acto administrativo en el cual ordene a todos los miembros de la Rama Ejecutiva, mantener neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso, si las mismas se dirigen a cuestionar las políticas del Estado.

El documento, a juicio de la Corte, debe incluir una obligación permanente de garantizar y facilitar, de manera imparcial, el ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, protesta pacífica y libertad de prensa, aun durante eventos de guerra exterior, conmoción interior o estado de emergencia.

Igualmente, deberá convocar y conformar una mesa de trabajo para reestructurar las directrices relacionados con el uso de la fuerza frente a manifestaciones pacíficas, para que, en ese caso, se escuche y atienda los planteamientos, no sólo de los aquí accionantes de la tutela que provocaron estas determinaciones, sino de cualquier persona interesada en el tema.

El alto tribunal ordenó que dentro de 30 días, la Policía, la Fiscalía y Procuraduría General expidan un protocolo que permita a los ciudadanos y organizaciones defensoras de derechos humanos y entidades vinculadas a las Naciones Unidas, realizar verificaciones en casos de capturas y traslado de personas, durante el desarrollo de cualquier clase de mitin, reunión o acto de protestas.

En el marco de las labores, el Ministerio Público y la Defensoría deberán adelantar planes de fácil acceso para el acompañamiento y asesoría jurídica para las personas que, en actos de protestas resulten o se hayan visto afectadas en ellas, brindando apoyo en tal sentido para acudir, incluso, a instancias internacionales cuando sea necesario.

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El Defensor del Pueblo, según el alto tribunal, deberá realizar un “control estricto, fuerte e intenso” de toda actuación del Esmad en el desarrollo de manifestaciones y de sus actividades en cada uno de sus procedimientos, esto, hasta tanto no se tenga certeza que están en capacidad de hacer uso moderado de la fuerza.

En las últimas horas, la Procuraduría anunció que las decisiones emitidas este martes, respaldan la petición que hizo en enero el Ministerio Público al director de la Policía, general Óscar Atehortúa, al considerar que faltaba capacitación de los uniformados para usar estos elementos durante jornadas de protesta.

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