La Corte encontró que la prórroga del servicio militar es necesaria para garantizar los derechos de todos los colombianos.
Corte declara constitucional la prorroga del servicio militar

La Sala Plena Virtual declaró por unanimidad, que el decreto 541 que permite prorrogar el servicio militar obligatorio, se ajusta a la Constitución.
En la normativa del alto gobierno, se dejaba claro que el licenciamiento de algunos uniformados que prestan el servicio y que se encontraba prevista para abril, mayo, julio y octubre, deberían continuar en la institución por un tiempo de tres meses más.
Según la decisión, con el fin de evitar la afectación del cumplimiento de las funciones constitucionales encargadas a la fuerza pública, era necesario prorrogar el servicio militar, determinó el alto tribunal al considerar que, actualmente, no es posible realizar el proceso de incorporación de nuevos miembros de la fuerza pública, dados los riesgos que este implica para la salud, tanto del personal que adelanta el respectivo procedimiento como de los convocados.
Con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte encontró que el decreto, cumple los requisitos formales establecidos en la Carta Política y guarda relación directa con las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Excepción, debido a que busca garantizar la prestación del servicio a cargo de la fuerza pública ante la cancelación de los nuevos procesos de incorporación.
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Para la Sala Plena, los auxiliares de policía prestan un servicio de "sustancial importancia" para garantizar bienes comunitarios esenciales tales como la seguridad, la tranquilidad y la salubridad, los cuales se han visto afectados a causa de la pandemia generada por el COVID-19.
De la misma manera, la Corte consideró que las Fuerzas Militares adelantan acciones encaminadas a garantizar la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana, en función de la protección de los derechos de los ciudadanos.
"La Corte encontró que la prórroga del servicio militar es necesaria para garantizar los derechos de todos los colombianos, ante la posible disminución en el número de miembros activos de la fuerza pública y la posible afectación del cumplimiento de sus funciones", argumentó el alto tribunal.
Con el fin de precisar la aplicación en el tiempo de la medida, dado que no se pueden realizar nuevos procesos de incorporación de conscriptos, la Sala Plena virtual resolvió condicionar la prórroga del servicio militar en el entendido de que sólo se aplicará al personal que se encontraba en servicio al momento de la expedición del decreto y cuya fecha de licenciamiento se encontraba prevista para los meses de abril, mayo, julio y octubre.
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