La escena ocurrió en El Poblado y tuvo como contexto un intento de atraco.
Caso de fleteros: límite entre la defensa y la venganza

Dos jovenes ensangrentados, tendidos en el piso, piden a gritos una ambulancia mientras una multitud los rodea y los increpa: “cuál ambulancia, hombre, por no trabajar vio lo que le pasa”. Los videos de aficionados se regaron como pólvora desde la tarde del sábado en redes sociales como WhatsApp, Facebook y Twitter.
La escena ocurrió en El Poblado y tuvo como contexto un intento de atraco. La víctima persiguió a los jóvenes motorizados, que le habían robado una cadena de oro con un arma de fogueo, y los embistió con su vehículo de alta gama. Las autoridades revelaron que los dos presuntos ladrones, uno de ellos menor de edad, tenían antecedentes judiciales asociados a hurto.
Comentarios iban y venían sobre la pertinencia o no de esa acción y la necesidad de cobrar justicia cuando se sufren delitos como el hurto o el atraco a mano armada.
¿Qué tan legítima resulta esa acción y qué consecuencias podría acarrear?
Juan Carlos Álvarez Álvarez, profesor de derecho penal de la universidad Eafit, explicó que si bien la ley contempla la legítima defensa como una posibilidad de actuar contra agresiones injustas se debe tener en cuenta que el marco jurídico tiene en cuenta dos condicionantes muy importantes: que la agresión sea actual o inminente, es decir, que esté a punto de ocurrir o esté pasando en ese instante, y que la defensa sea proporcional a la agresión, que se entiende como que la acción sea estrictamente necesaria para neutralizar el ataque.
Según explica el penalista, si una persona intenta robar un celular con un arma blanca y la víctima reacciona tirando al piso al delincuente y le quita el arma, se entiende que esa fue la reacción necesaria porque el agresor está neutralizado. Cualquier acción que se desencadene más allá de eso sería un exceso.
“Es muy importante destacar que la ley reconoce la legítima defensa, pero le pone esas limitaciones para evitar que volvamos a la ley de la naturaleza (todos contra todos) y lo que hace el derecho es establecer unos límites, porque si la persona actúa en defensa lo lógico es que no tenga consecuencias jurídicas. La legítima defensa tiene unos límites éticos que no pueden pasar de ser la defensa de un derecho a un acto de venganza”, indica el catedrático.
Lo delicado del asunto es que cuando la persona se excede en los límites de la legítima defensa (o el hecho no es actual o la defensa no es proporcional a la agresión) la persona que era víctima de un delito podría tener responsabilidad penal por las lesiones que eventualmente cause.
#MEDELLÍN. Fleteros brutalmente embestidos por su víctima mientras intentaban escapar por la Av. El Poblado. Los delincuentes abordaron al conductor cuando se encontraba esperando el cambio de luz de un semáforo en rojo. Al intentar escapar, la víctima emprende una persecución. pic.twitter.com/BokMoGjnni
— Colombia Oscura (@ColombiaOscura) 25 de marzo de 2018
ALCALDE
Aunque no se conoce en detalle los términos en los que se produjo el atraco, el conductor de la camioneta podría enfrentar uno de estos dos delitos: lesiones personales dolosas o una tentativa de homicidio.
El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, se refirió al respecto y opinó que en ningún caso las víctimas deberían verse comprometidas de una pena privativa de la libertad.
La postura del mandatario frente al tema no pasó desapercibida y fue criticada por algunos académicos que resaltaron que al ser un líder de opinión, debería haber una expresión clara de rechazo frente a conductas de justicia por mano propia.
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