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Miércoles, 4 Enero 2017 - 7:14pm

Amplían licencia de maternidad en Colombia

Pasó de 14 a 18 semanas, tras ser sancionada por el presidente Santos.

Colprensa
El presidente Santos sancionó dos normas a favor de la licencia de maternidad
/ Foto: Colprensa
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Dos leyes que benefician a la niñez colombianas y a las madres gestantes, y que fueron aprobadas en la pasada legislatura por el Congreso de la República, fueron sancionadas este miércoles por el presidente Juan Manuel Santos.

Se trata de la norma que amplía de 14 a 18 semanas el período de lactancia para las madres, y la que ordena a todas entidades oficiales del país a crear ‘Salas Amigas de la Familia Lactante’ para que estas personas puedan alimentar a sus bebés.

De esta manera, informó la Casa de Nariño, Colombia cumple con estándares internacionales establecidos por recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“Sancionamos leyes en favor de infancia y mujer: licencia de maternidad será de 18 semanas y empresas deberán implementar salas de lactancia”, manifestó el Presidente Santos en su cuenta de Twitter.

La primera de esas leyes, aprobada el 14 de diciembre último por el Congreso y que ya tiene la firma del Jefe del Estado, es aquella por medio de la cual se incentiva la adecuada atención y el cuidado de la primera infancia para lo que se amplía el periodo de licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.

Esta norma establece una semana de licencia obligatoria antes del parto y prevé la ampliación a dos semanas de licencia cuando se trate de un parto múltiple.

La nueva ley es un reconocimiento a la importancia que tiene la adecuada atención y el cuidado del recién nacido, así como la lactancia materna para su desarrollo. Así mismo, contribuye a que las familias puedan gozar de todas las garantías en ese periodo.

Salas amigas

La segunda ley sancionada por el Presidente es la que adopta la estrategia ‘Salas Amigas de la Familia Lactante*, que tendrá aplicación en todas las entidades públicas y en las empresas privadas con capitales superiores a los 1500 salarios mínimos o que tengan más de 50 empleadas.

Esta normativa busca que las mujeres en periodo de lactancia dispongan de un espacio digno que cuente con todas las especificaciones técnicas de higiene y salubridad en sus lugares de trabajo, donde puedan extraer la leche materna durante la jornada laboral para luego transportarla a sus hogares.

Esta disposición permitirá que la ausencia temporal de la madre trabajadora no afecte en absoluto la alimentación del bebé, además contribuye a la dignificación de esta actividad fundamental.

También establece plazos para que tanto las entidades públicas como las empresas privadas hagan las adecuaciones necesarias para la creación de las ‘Salas Amigas’ y ordena la realización de campañas de capacitación para incentivar la lactancia.

Con estas las dos leyes sancionadas por el Presidente de la República, Colombia cumple con los estándares internacionales en materia de protección de las madres lactantes y los recién nacidos.

Así mismo, el país amplía la garantía de los derechos de este importante sector de la población y atiende los conceptos y las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Mundial de la Salud (OMS), y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).

 

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