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Jueves, 30 Junio 2016 - 8:42am

Aborto: procurador perdió otra batalla en la Corte

Tres circunstancias específicas solo permiten el aborto en Colombia.

Colprensa
El proyecto del exfiscal General Eduardo Montealegre está encaminado a que el aborto no esté sujeto a las tres causales que exige la Corte Constitucional, sino a una decisión libre dentro del marco de la “autonomía de la mujer”.
/ Foto: Colprensa
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El procurador de la Nación, Alejandro Ordóñez, perdió una nueva batalla en la Corte Constitucional, pues esta Corporación ratificó que una persona existe legalmente desde su nacimiento y no desde que es concebida. 

Ordóñez estimaba que el Estado colombiano debía proteger los derechos de una persona desde la concepción, en un polémico concepto que tenía de fondo el debate sobre el derecho al aborto. 

No obstante, la Sala Plena reiteró lo que ya había dicho en la sentencia que permitió el aborto en tres circunstancias específicas y señaló que la vida humana transcurre en distintas etapas y se manifiesta de diferentes formas, por lo que tienen una protección jurídica distinta. 

La Corte señaló que en efecto se debe proteger la vida que está por nacer, pero indicó que ese deber no tiene el mismo grado que frente a quienes ya nacieron o frente a otros derechos que estén en juego. 

“La vida como valor y como derecho no es absoluto y se admite que tenga una protección proporcional frente al alcance y contenido de otros derechos o valores en juego. Lo anterior, no implica una violación del deber de protección del valor de la vida, sino que reconoce que éstos se encuentran sujetos a los principios de proporcionalidad y razonabilidad”, dijo la Corte. 

En ese sentido, la Corte dejó en firme al artículo 90 del Código Civil, que determina la existencia legal de la persona desde el nacimiento y señaló que esto no vulnera el deber de protección de la vida desde la concepción, que está reconocido en el artículo 4.1 de la Convención Americana. 

“Una lectura sistemática del bloque de constitucionalidad indica que la vida prenatal no ostenta la titularidad del derecho a la vida y así la determinación de la existencia legal de la persona desde el nacimiento no viola esta garantía, por lo que se encuentra ajustada a los parámetros constitucionales”, dijo la Corte. 

No ampliar la despenalización

La Procuraduría  de la Nación le solicitó a la Comisión Primera de la Cámara de Representantes que no despenalice el aborto, más allá de lo que ya permitió la Corte Constitucional. 

En una misiva, la Procuraduría rechazó el proyecto de ley que presentó el exfiscal general Eduardo Montealegre, que busca que se pueda abortar hasta los seis meses de gestación.  

La entidad señaló que se debe defender no solo la Constitución sino el derecho a la vida y aseguró que el fallo de la Corte, que despenalizó el aborto en tres ocasiones, no implica que se deba permitir esta práctica en más casos. 

En Colombia es permitido el aborto cuando exista malformación del feto, cuando la vida de la madre o del bebé esté en riesgo o cuando el embarazo haya sido producto de una violación. Ante esto Ordóñez considera que no se puede permitir una ampliación.

Bogotá | Colprensa

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