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Domingo, 10 Marzo 2019 - 8:02pm

Presidente Duque habló en alocución presidencial de cambios en la JEP

Objetará 6 de los 159 artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz.

PresidenciadeColombia/videos/249772932574487
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El presidente de la República, Iván Duque Márquez, al hacer uso de la facultad constitucional de objetar leyes, decidió devolver al Congreso de la República la ley estatutaria de la Justicia Especial de Paz, y a la vez anticipó que llevará un acto legislativo con el que empezará a reformar la estructura que dio vida a la JEP con la cual las Farc se desmovilizaron.

La decisión que estaba casi que cantada, se tomó luego de haberse tomado el tiempo límite que tenía para decidir si objetaba o no esta ley, con la cual la JEP podría tener su propio procedimiento de funcionamiento fundamentado en esta ley. Sin embargo, la misma está operando y ya adelanta investigaciones y comparecencias a la misma de los exjefes de las Farc, como también ha autorizado la libertad de más de un centenar de militares que se han acogido a la misma.

Tras objetar, ahora la ley volverá al Congreso de la República, en donde cada corporación, Senado y Cámara deberán decidir si las acogen o no.

Sin embargo, el otro gran anuncio del presidente Duque es que llevará al Congreso una reforma legislativa en donde buscará cambiar parte del acto legisla 01 de 2017, en el cual se dio vida a esta justicia, para lo cual propone que los delitos de abusos y violaciones a menores de edad no podrán ser conexos a la amnistía que se ofrece.

Los cambios

En alocución televisada, Duque destacó que objetará 6 de los 159 artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por considerarlos inconvenientes. "He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente”, indicó Duque.

En primera instancia el Gobierno objetará el artículo 7 de la ley estatutaria de la JEP el cual trata la reparación integral de las víctimas del conflicto armado y que en consideración del presidente Duque no se establece de forma “clara” la obligación principal de los victimarios.  

“Los colombianos debemos tener claro la importancia de precisar que los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas. Es lo mínimo que Colombia espera”, argumentó el mandatario.

Como segunda medida a objetar, se encuentra el inciso octavo del artículo 63 de la ley al argumentar que es “inconveniente” para el país porque no determina el alcance del Alto Comisionado en la verificación de quienes pertenecen a grupos armados en el proceso de paz con el objetivo de fortalecer la genuina verdad y una genuina no repetición

“Quiero dejar claridad en este tema: la tarea de verificar las personas que participan de un proceso de paz debe seguir siendo competencia del Alto Comisionado para la Paz como representante del presidente de la República”, sostuvo Duque, quien resaltó que no es conveniente “debilitar” la faceta del Alto Comisionado para la Paz para evitar que “delincuentes se oculten y ganen beneficios e impunidad, incorporándose a un proceso de paz por la puerta de atrás”.  

A la par de este artículo, mandatario expresó que a esta lista también entra el inciso tercero del literal j del artículo 79 el cual establece la suspensión de las actuaciones de la Justicia ordinaria frente a personas cuyas acciones sean competencia de la JEP.

“Lo consideramos inconveniente ya que no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar. Esto genera una situación que perjudica los intereses de las víctimas y desperdicia valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad”, argumentó Duque.  

El jefe de Estado apuntó que es “conveniente” definir con mayor precisión cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la Justicia ordinaria. “Esta precisión es necesaria para evitar visos de impunidad y garantizar el derecho a la Verdad de las víctimas”, agregó Duque.  

En su discurso, el presidente Duque también anunció la objeción del parágrafo 2 del artículo 19 que trata la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables y la cual a ojos del mandatario constituye en impunidad.

"El Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos, todos los esfuerzos para encontrar la Justicia y la Verdad”, sostuvo.

Así mismo, el artículo 150, y uno de los más esperados del anuncio al referirse a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del Acuerdo Final, y que en argumento de Duque es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de Procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. “No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países”, precisó.

A la par de este artículo, también se anunció la objeción del artículo  153 por ser considerado “inconveniente” en el condicionamiento de la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo.

“Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados”, explicó el jefe de Estado.

Reforma constitucional

Por último, el mandatario anunció que llevará al Congreso una reforma constitucional  en donde buscará cambiar parte del acto legislativo 01 de 2017, en el cual se dio vida a esta justicia, para lo cual propone que los delitos de abusos y violaciones a menores de edad no podrán ser conexos a la amnistía que se ofrece.

"Nada, ninguna ideología, absolutamente nada, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad. Los colombianos no debemos ahorrar ningún esfuerzo en la protección de los menores. En segundo lugar, esta iniciativa de reforma constitucional debe dejar claro que quien reincida en las actividades criminales perderá todos los beneficios", concluyó el jefe de Estado.

Lo tercero es dejar claro que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1º de diciembre de 2016 y que continúen ejecutándose después de esa fecha serán competencia de la Justicia ordinaria para asegurar los principios de Justicia y No Repetición.

Colprensa

@Colprensa

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